En Estados Unidos, la Secretaria del Interior Deb Haaland anunció en Junio el lanzamiento de una investigación de los internados para niños y niñas indígenas que se llevará a cabo bajo jurisdicción del Departamento del Interior. Según la Coalición Nacional de Sanación de Internados Nativos Americanos (NABS, por sus siglas en inglés), se espera también que este verano la Senadora Elizabeth Warren (D-MA) presente nuevamente la iniciativa de ley en el Congreso para instaurar una “Comisión de Verdad y Sanación sobre las Políticas de Internados para Indígenas.” El trabajo de la NABS fue fundamental en la redacción de esta propuesta de ley.
De esta manera, el genocidio cultural, las prácticas de asimilación forzada y violaciones de derechos humanos de los Nativos Americanos en los internados indígenas (entre 1870 y 1970 hubo 367 escuelas o internados forzados en 30 estados), podrían ser puestas finalmente bajo estricto análisis de documentación y posiblemente sancionadas. La NABS hasta ahora ha logrado localizar documentación de tan sólo 38% de los internados.
Una Comisión de la Verdad es sin duda de gran importancia para documentar el impacto y los efectos continuos del trauma histórico e intergeneracional en las comunidades, y para proporcionar un foro para las víctimas y familias indígenas sobre los impactos personales de violencia física, psicológica, simbólica y espiritual. Sin embargo, para que realmente una Comisión tenga incidencia en la vida política interna de las comunidades afectadas, es importante analizar el papel y efectividad de Comisiones de la Verdad en diversos países.
Las Comisiones de la Verdad, para poder ser exitosas, deben contar con la voluntad política de cada gobierno para dar apertura y acceso a las instituciones en la investigación y documentación de los casos. Debe haber interés e involucramiento de las víctimas y los testigos, y por lo tanto, confianza plena en el proceso y en la composición de sus integrantes, para lograr participar y colaborar con la investigación. La decisión sobre su creación debe contar con voluntad política, por eso se busca la participación del legislativo en su conformación. Y aunque resulte obvio decirlo, para que pueda funcionar el proceso, en el país deben haber cesado las prácticas que originaron la necesidad de iniciar una comisión. Como lo indica este artículo del Harvard Law Review, la propuesta legislativa estadounidense, originalmente redactada por Deb Haaland y Elizabeth Warren, incluye muchos de estos componentes, así como ayuda financiera destinada a sanación mental y cultural tradicional, incorporando una reforma educativa nacional para incluir en los libros de texto la historia de lo sucedido.
Las Comisiones de la Verdad son una herramienta de justicia transicional, pero no pueden ser la única para llegar a la justicia. Cada Comisión debe tener un mandato específico, con facultades plenas, y su alcance para determinar si sus resultados serán jurídicamente vinculantes o no. Los responsables de los crímenes siempre son actores elusivos, ligados al poder económico y político, y por ello mismo, muy difíciles de perseguir y sancionar, por lo que cada país debe crear su propio modelo basado en los resultados de la investigación.
Cada país debe determinar su propio proceso de esclarecimiento de la verdad histórica, la verdad jurídica y la reconciliación nacional, para dar paso a la reconstrucción del tejido social perjudicado por el conflicto, el abuso y el crimen. Su composición debe ser representativa y neutral, en el caso de un conflicto interno, pero en el caso de los internados en los EEUU, la Comisión de la Verdad debe estar conformada por representantes de los afectados y víctimas de la violencia de estado. Lo ideal es buscar apoyo internacional, en cooperación técnica (expertos juristas y en derechos humanos, y medios de comunicación). Ese es el ideal planteado por las Naciones Unidas en base a una experiencia colectiva de más de 70 años de trabajo en justicia restaurativa.
Obstáculos a un proceso justo
Ignorar las conclusiones y recomendaciones de una Comisión en base al mandato de las Naciones Unidas—construcción de la verdad, impartición de justicia, verdad jurídica con sanciones a los responsables y reparación del daño y garantía de la no repetición—ha sido una de las principales fallas en la efectividad del proceso. Las vinculaciones personales de los comisionados, los fuertes lazos institucionales de dependencia del gobierno en turno, así como la sólida presencia institucional de los presuntos responsables en las esferas gubernamentales, han sido obstáculos insalvables para alcanzar la verdad histórica y reconciliación nacional. Quiero mencionar dos ejemplos.
El primer caso, por ser el que conozco de primera mano, pues fui parte de él, es el de mi país México. El Estado decidió que no podía manejar “adecuadamente” una Comisión de la Verdad. Según los responsables de la impartición de justicia, México era lo “suficientemente fuerte institucionalmente” para dar cabida en sus mismas instituciones a una rama de la Fiscalía Pública que sería responsable de investigarse a sí misma. Con ese vicio de origen, nace la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (FEMOSPP, mejor conocida como Fiscalía de la Guerra Sucia).
Fuimos convocados las víctimas de la guerra sucia a incorporarnos a esa instancia, no como parte deliberativa del proceso, no como actores, sino como parte de la investigación histórica. No como sujetos de derecho con la posibilidad de incidir en el proceso, sino como objetos de derecho. No se buscó nunca crear un proceso de acercamiento a las víctimas para que brinden testimonios públicos de lo sucedido. No se abrió un proceso nacional de debate y reconciliación. No tenía un presupuesto adecuado. Sin autonomía. La mayoría de los actores, responsables de las violaciones a los derechos humanos, seguían en activo, detentando incluso más poder político que cuando cometieron los crímenes de lesa humanidad. El resultado catastrófico fue que se canceló, jurídicamente, la posibilidad de alcanzar una verdad histórica.
El poder judicial decretó que los delitos que se documentaron habían prescrito, y declaró toda la investigación como abierta—y por ende, que impide al público acceder a la información de investigaciones ministeriales en curso— y como cosa juzgada—que impide que nadie sea juzgado dos veces por el mismo delito, y por ende, cerrando cualquier posibilidad a futuros litigios. Al final, una auténtica pieza de relojería simétrica se cerró sobre la verdad histórica para cancelarla. El trabajo final de la FEMOSPP fue la creación de un mecanismo institucional, del Estado, que validó los crímenes cometidos por el Estado mismo y decretó su silencio eterno.
El Estado mexicano ha pretendido, por diferentes vías, a través de diferentes gobiernos, ofrecer “disculpas” a las víctimas de la guerra sucia, de las desapariciones forzadas, tortura, y crímenes de lesa humanidad. El Estado debe disculparse como parte final del proceso; hacer esto al inicio del proceso sólo busca que las víctimas perdonen al Estado por los crímenes cometidos en su nombre, es decir, con disculpas vacías. Sólo se busca más impunidad. Después de ese resolutivo final de la FEMOSPP, las fuerzas armadas responsables de los delitos de lesa humanidad han ascendido en la escala de poder en México hasta casi crear condiciones de tener un Estado aparte, con una dinámica sin rendición de cuentas y total impunidad.
Siguiendo con el análisis, el segundo caso, el gobierno de Guatemala acuerda la creación de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) al fin formal de la guerra, como parte de los Acuerdos de Paz con la URNG (Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca). Éste tuvo un problema similar al de México: los actores que habían cometido violaciones a los derechos humanos ocupaban puestos legislativos, gubernamentales e inclusive, en el ejército. Se pretendía que la Comisión cumpliera sus funciones sin autonomía y sin presupuesto. La Comisión no tenía facultades jurídicas vinculantes y su mandato era limitante. No generó un debate nacional sobre la reconciliación, la verdad y la justicia. Los testimonios de las víctimas se limitaron al ámbito judicial (de nuevo, objetos de derecho), y al final, el mecanismo acordó no señalar responsables y no emitir procesos judiciales. Por lo tanto, la impunidad como norma, en vez de prevenir hizo permisible la repetición hasta nuestros días de las mismas dinámicas que generaron la investigación de la CEH. En las selvas y montañas de Guatemala se siguen asesinando indígenas impunemente.
Es de resaltar que cuando una Comisión de la Verdad no cumple con su cometido histórico, jurídico, ético, cultural, y social, las consecuencias, como lo han demostrado los procesos fallidos, suelen ser adversas y catastróficas para la sociedad.
El ejemplo de Canadá
En el caso de Canadá, entre 2007 y 2015 el gobierno abrió un proceso nacional de investigación de internados para niños, niñas y jóvenes indígenas que incluyó la instauración de una Comisión de la Verdad y Reconciliación, para hacer cumplir los requerimientos de una de las demandas colectivas más grandes de la historia. En junio de 2015, la CVR presentó el resumen ejecutivo de los hallazgos contenidos en su informe final de varios volúmenes, incluidos 94 recomendaciones urgentes.
En contraste con otras comisiones en el continente, la Comisión en Canadá estuvo integrada por seis comisionados, cuatro de los cuales eran miembros de las Primeras Naciones del Canadá, lo cual de entrada generó certidumbre y confianza en el proceso. La Comisión tuvo un presupuesto propio ($72 millones durante todo su mandato), medios de comunicación y socialización, vínculos legislativos, facultades jurídicas vinculantes, y contó con el respaldo ético y político de los diversos gobiernos locales y nacionales. Los actores, los testigos, los mismos integrantes de la Comisión actuaron como sujetos de derecho, como deliberantes en un proceso que los incorporó desde un principio como parte integral e indispensable de la investigación. Los resolutivos son históricos, reconfortantes y abren la puerta a un verdadero proceso de reconocimiento estatal por los abusos cometidos, así como el principio de sanación.
Todavía hoy en día se puede observar el resultado del trabajo de la comisión en el descubrimiento de los restos de niños y niñas que sucumbieron a las políticas y abusos de los internados.
Del trabajo exitoso de esa comisión nace también entre 2016-2019 una Comisión Nacional de Investigación con funciones de comisión de la verdad para investigar, documentar y resolver los casos de mujeres y niñas indígenas desaparecidas y asesinadas. En principio, ese fue el mandato específico de la Comisión, pero puede también servir como ejemplo para una comisión en los EEUU. Si alguien tiene interés en el análisis específico de esta comisión, ya hemos escrito sobre ello y lo pueden acceder aquí.
Cabe recalcar que en su diseño, el alcance jurídico y las facultades de la Comisión Nacional de Investigación en la Desaparición y Asesinato de Mujeres y Niñas Indígenas, eran autónomos, independientes y auto normativos. Así que conforme fueron avanzando en la documentación de casos, el mandato de la Comisión se fue ampliando, hasta finalmente abarcar “Primeras Naciones, Inuit, Métis, mujeres, niñas y gente Dos Espíritus LGBTQQIA” reconociendo el prejuicio primario con que el Estado ha actuado históricamente contra esos fragmentos vulnerabilizados de la población.
En su trabajo de investigación y rendición de cuentas, se construyó un proceso nacional abierto de testimonios públicos, con presencia de la prensa, que abrió un debate nacional sobre los efectos de la política genocida del Estado contra sus Primeros Habitantes.
Reconoce el trauma histórico, multi-generacional e intergeneracional, el proceso de marginación económica y social, la falta de voluntad política de los gobiernos en solucionar lo anterior, así cómo una sistemática e intencional omisión de la experiencia y asistencia de las mujeres y personas Dos Espíritus y LGBTQQIA. El informe define la violencia estructural como producto de un todo generalizado, una relación social entre personas blancas y personas de las Primeras Naciones basada en la discriminación, racismo, colonialismo, cristianización forzada, violencia de género, y cierta intencionalidad genocida con deseo de eliminación de un grupo o nación.
Como parte de su trabajo, la Comisión establece una hoja de ruta, un cronograma de cambios necesarios, legislativos, de gobierno (federal y locales). Las recomendaciones incluyen la reparación del daño, en lo cultural, en lo social, en lo económico, en lo político. Reconoce los derechos a la cultura, a la salud, a la seguridad, a la justicia en un gran total de 231 cambios imperativos a nivel federal. Es necesario seguir observando el proceso para evitar desviaciones o falta de cumplimientos, pero el esclarecimiento de la verdad y la reconciliación en Canadá está en la ruta adecuada gracias al trabajo incansable de sus miembros.
Viendo con esperanza hacia el futuro
En su reporte sobre una Comisión de la Verdad y Reconciliación para los EEUU, el Lakota Law Project, un grupo de litigación de y para los pueblos indígenas, alude al proceso de Canadá como un ejemplo a tomar: “Hace mucho tiempo comenzamos un proceso renovado de verdad y reconciliación, tal como lo ha hecho recientemente el gobierno de Canadá. Este es el camino hacia la sanación para todas las partes… Estados Unidos debería seguir el ejemplo de Canadá y establecer una comisión de la verdad y reconciliación sólida y bien financiada sobre los internados indígenas estadounidenses.” Menciona además la necesidad de reconocer que los internados Canadienses fueron creados emulando políticas etnocidas ya existentes de asimilación forzada de los EEUU. Así mismo que el sistema de hoy en día de extracción forzada para la adopción temporal de niños y niñas indígenas o foster care, extirpados de sus familias por razones de “seguridad”, es una herencia de aquellos internados y continúa afectando a las comunidades indígenas. El número de niños, niñas y jóvenes indígenas en el sistema de foster care de los EEUU es mucho más alto en comparación con su población y tan sólo la mitad son devueltos a sus comunidades indígenas.
Una Comisión de la Verdad y Reconciliación en los EEUU se hace urgente, por lo tanto, para enfrentar su oscuro pasado colonial así como problemas actuales de inequidad social heredados de ese pasado colonial, pero quedamos con la esperanza del ejemplo de los pueblos en Canadá que han logrado dar pasos certeros hacia el esclarecimiento y justicia.
PARA MÁS INFORMACIÓN:
- Llamado de la National Native American Boarding School Healing Coalition (NABS) por legislación que abra el proceso de una comisión de la verdad
- Truth and Reconciliation in the United States of America, un reporte por el Lakota Law Project
- The Final Report of the National Inquiry into Missing and Murdered Indigenous Women and Girls, National Inquiry Commission
- Truth and Reconciliation Commission of Canada del 2007
*Pável Uranga fue el primer Jefe de Investigación Histórica de la Fiscalía de la Guerra Sucia en México, es experto en violencias de género, co-fundador del Obervatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio en México, estudioso del tema de la Trata con Fines de Explotación Sexual en tres países diferentes, autor del estudio “La Trata ante el espejo: Una aproximación al trabajo sexual esclavo en Ecuador. Frontera Norte”, en 2012.